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26-06-2024

Conversatorio en Celam: "El abuso sexual en contexto eclesial. Análisis del caso chileno"

Conversatorio abuso sexual

 

 El 26 de junio pasado se realizó un conversatorio sobre el libro "El abuso sexual en contexto eclesial. Análisis del caso chileno. Aprendizajes y Desafíos", organizado por la Red Latinoamericana y Caribeña para la Cultura del Cuidado, adscrita al Consejo Episcopal Latinoamericano y Caribeño (CELAM).

La actividad se desarrolló de manera on line y fue moderada por Ana María Celis, abogada, licenciada y doctora en derecho canónico por la Pontificia Universidad Gregoriana (Roma) y ex directora del Centro UC Derecho y Religión. Contó con las exposiciones de Josefina Martínez B. (psicóloga de la Pontificia Universidad Católica de Chile y magister en psicología clínica infanto juvenil por la Universidad de Chile) y Constanza Garrido M. (abogada, licenciada en derecho por la Pontificia Universidad Católica de Chile y magíster en criminología por la Universidad de Cambridge, Reino Unido).

El conversatorio trató sobre los resultados del estudio realizado por el Centro UC Derecho y Religión "Dinámicas relacionales de abuso sexual en contexto eclesial en Chile: conocer para prevenir", que dio origen al libro "El abuso sexual en contexto eclesial. Análisis del caso chileno. Aprendizajes y Desafíos".

Ana María Celis, investigadora principal del estudio, expuso sobre sus características principales, el equipo investigador, financiamiento y contexto. Destacó el apoyo y compromiso de la editorial PPC que da cobertura a las publicaciones de iniciativas y proyectos de la iglesia de habla hispana destinados a la prevención, diagnóstico, gestión y reparación del abuso sexual.

La profesora Celis indicó que el estudio se efectuó por un equipo interdisciplinario y aborda aspectos cuantitativos y cualitativos. Su objeto fue analizar los estilos y dinámicas relacionales que originan y dan forma a los abusos sexuales cometidos por clérigos y no clérigos en Chile. La duración del estudio fue de 2019 a 2022 y se actualizaron cifras a 2023. También destacó que se diferencia de otros estudios en dos aspectos fundamentales. Uno, es que se concentra en cómo el agresor traspasa las defensas de la víctima sobreviviente, de manera que pueda reconocer las estrategias ante venir las cuales es necesario prevenir con eficacia; y, en segundo lugar, logra identificar lo específico del abuso sexual en contexto eclesial, que es el abuso espiritual.

El estudio se dividió en dos partes. Una se refiere a la voz de los sobrevivientes que se rescató a través de las entrevistas semi estructuradas a 22 sobrevivientes que sufrieron estos abusos y a 12 profesionales que han trabajado como acompañantes o terapeutas de sobrevivientes de abuso sexual eclesial. Una segunda parte se refiere a la magnitud del abuso, de manera que se abordan las cifras. Se elaboraron cuestionarios que fueron respondidos a partir de sentencias estatales y del contenido de los expedientes canónicos provenientes de todas las diócesis del país y de 17 comunidades religiosas. La información es anonimizada y se distingue entre el perfil de las víctimas sobrevivientes, el perfil del agresor y ciertos aspectos procesales, delitos y sanciones. La muestra consiste en la información jurídica de 568 víctimas y 225 agresores en el lapso de tiempo entre 1960 y 2023.

A continuación, Josefina Martínez expuso un extracto de lo que fue la entrevista cualitativa a sobrevivientes que generosamente entregaron su testimonio. Señaló que el elemento que resalta como distintivo del abuso sexual eclesial es el abuso espiritual, que permea respecto a todas las demás estrategias de victimización. En el caso de estrategias de seducción, hace un mal uso del atractivo que tiene seguir a Cristo. En las estrategias de normalización un agresor puede utilizar el abuso como un ejemplo del amor divino. En las estrategias de culpabilización un agresor puede mandar a su víctima a confesarse después de cometer un abuso. Otro aspecto que destacar es cómo el abuso sexual en contexto eclesial dista mucho de ser un fenómeno único, en que el agresor puede establecer patrones de relaciones muy distintos, con configuraciones de relaciones diversas. El estudio identificó cuatro configuraciones: tocaciones naturalizadas, abuso intrafamiliar, supuesta relación de pareja y erotización del acompañamiento espiritual.

Posteriormente fue el turno de Constanza Garrido, quien compartió sobre la parte cuantitativa del estudio que tiene por finalidad caracterizar y dar cuenta de la magnitud del abuso sexual eclesial en Chile. Se utilizaron como insumos las sentencias judiciales estatales y expedientes canónicos. Entregó un panorama general, destacando algunas cifras y hallazgos. En el ámbito de las sentencias estatales, señaló que hay 39 sentencias condenatorias en ámbito eclesial, de las cuales 30 corresponden a clérigos. De estas, el 66,6% corresponde a clérigos diocesanos y un 33,3% corresponden a clérigos religiosos pertenecientes a comunidades religiosas. Entre las 30 sentencias condenatorias de clérigos, se contemplan todos los tipos penales de índole sexual que tipifica el Código Penal chileno. Las penas impuestas van desde los 61 días a los 15 años y un día. La muestra fue de 568 víctimas sobrevivientes y 225 agresores.

Finalmente, se abrió un espacio de preguntas con interesantes intercambios.

El conversatorio contó con participantes de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guatemala, Italia, México, Paraguay, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

 

El conversatorio está disponible AQUI

 

 

Foto conversatorio

Ana María Celis, Josefina Martínez, P. Pedro Brassesco, Constanza Garrido

 

12-08-2024

Conferencia: Impacto de la jurisprudencia de la CIDH

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El 12 de agosto pasado el Centro recibió la visita de Pablo Saavedra Alessandri, secretario ejecutivo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En el Salón de Honor Aquiles Portaluppi se realizó un encuentro con profesores de la Facultad y alumnos, en el que expuso sobre el Impacto de la Jurisprudencia de la CIDH. También concurrió a la cita el decano de la Facultad, Sr. Gabriel Bocksang.

La CIDH está cumpliendo 45 años. Pablo Saavedra explicó que la competencia de la Corte incluye casos contenciosos, opiniones consultivas y medidas provisionales. En sus inicios el objetivo fue tratar los casos de graves vulneraciones a los derechos humanos en las Américas y desde los años 80 empezó a abordar temas que prácticamente no habían sido tratados en la jurisprudencia. Por ejemplo, en casos contenciosos, en una sentencia de 1987 la Corte tocó el tema de la desaparición forzada y definió sus elementos principales; señaló que las normas de auto amnistía en Perú eran contrarias a derecho; desarrolló el concepto de reparación integral a propósito del proceso de paz en Colombia; ha abordado el tema de la independencia judicial el Perú, Ecuador y Venezuela; se ha referido a temas sobre libertad de expresión y el rol de los medios de comunicación en democracia en casos de Ecuador y Venezuela, entre otros.

En el rol de opinión consultiva, ha tratado el tema de la reelección presidencial indefinida, personas vulnerables, derecho de propiedad comunal indígena, temas de privados de libertad en situaciones especiales, como personas con discapacidad o mujeres con niños, movilidad humana y migración, niños no acompañados, etc. A propósito de la opinión consultiva expresada por la CIDH, se han efectuado cambios legislativos en los países y también en organismos internacionales como ACNUR (Agencia de Naciones Unidas para los refugiados). Actualmente están ingresando temas sobre cambio climático y derecho ambiental.

Comenta que la Corte está en un reflexión sobre cómo los estados están recogiendo los temas que trata la Corte y su interpretación evolutiva.

A continuación, se abrió un espacio para preguntas e intercambio. En este contexto, Pablo Saavedra señaló que la Corte tiene un sistema de pasantía y cuenta con un Convenio con la UC, de manera que las puertas están abiertas para estudiantes de la Facultad.

Pablo Saavedra Alessandri es secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el año 2004 a la fecha. Previamente fue secretario Adjunto de la Corte entre agosto de 2001 y diciembre de 2003. Además, fue abogado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos entre 1997 y julio de 2001.

Estudió Derecho en la Universidad Diego Portales en Chile. Realizó una Maestría en Derecho Internacional de los Derechos Humanos en la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Desde el año 2016 es profesor en la American University, Washington College of Law y permanentemente es profesor invitado en la Universidad de Navarra de España; Universidad Panamericana de México y la Universidad La Sabana de Colombia. Recientemente fue profesor invitado a la Universidad a la Universidad de Notre Dame y colabora de manera constante con el Instituto Max Planck de Heidelberg. Tiene diversas publicaciones en materias de derechos humanos. Es miembro del Consejo Editorial del Netherlands Quarterly of Human Rights.

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25-06-2024

Directora del Centro participa en el Foro Interreligioso de las Américas (FIDELA)

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El pasado 24 y 25 de junio de 2024, se celebró en Asunción, Paraguay, el Foro Interreligioso de las Américas (FIDELA) sobre "Colaboración interreligiosa. Un Camino a la Paz", en el contexto del 54 periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA., al que fue invitada la profesora y directora del Centro UC Derecho y Religión, María Elena Pimstein.

La profesora Pimstein participó junto a otros académicos latinoamericanos en el conversatorio sobre ¿Qué es la libertad religiosa y qué no es? y ¿Cómo se relaciona con el Informe sobre estándares de libertad religiosa de la Comisión Interamericana de Derechos humanos? En este contexto, manifestó su preocupación, señalando que "Los denominados estándares de la Comisión Interamericana se basaron en fuentes de muy variada índole y que, por lo tanto, no son vinculantes ni exigibles a los Estados. Adicionalmente, conciben la libertad religiosa como una amenaza para el ejercicio de otros derechos y desconocen su dimensión asociativa, que es parte del núcleo de dicho derecho". Argumentó cómo el Estado necesita de las confesiones religiosas para cumplir fines que por sí solo no tiene la capacidad de asumir y no puede desconocer su contribución social en educación, salud, inmigración, entre otros. Enfatizó que "... la dimensión asociativa de la libertad religiosa, no se cumple sólo a través de las personas físicas que integran cada confesión religiosa, como expresa el Informe, sino también dicha dimensión exige el reconocimiento de un ideario y de la autonomía que cada confesión religiosa tiene, de manera de no ser obligada a realizar acciones que vayan contra ese ideario ni menos ser sancionada por ser coherente con el mismo."

FIDELA, está patrocinado por Religions for Peace (RfP); el Consejo Latinoamericano y Caribeño de Líderes Religiosos (CLACLR); la Asociación del Foro Interreligioso del G20 (IF20); el Centro Berkley para la Religión, la Paz y los Asuntos Mundiales de la Universidad de Georgetown, y el director ejecutivo del Diálogo para el Desarrollo de las Religiones Mundiales; el Centro Internacional de Estudios de Derecho y Religión (ICLRS) de la Universidad Brigham Young (BYU).

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01-08-2024

Call for papers "Inmunidad de coerción como garantía de la libertad religiosa". Recepción de trabajos hasta 20 de octubre

24.05.15 Portada Revista latderechoyreligion

 

Convocatoria de Trabajos / Call For Papers

Vol. 10 Núm. 2 (2024)

 

LA REVISTA LATINOAMERICANA DE DERECHO Y RELIGIÓN INVITA A PRESENTAR ARTÍCULOS PARA SU DÉCIMO NOVENO NÚMERO, A PUBLICARSE EN DICIEMBRE DEL AÑO 2024.

 

DETALLES DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria, está dirigida a la presentación de artículos para las secciones Temas Monográficos, Estudios Generales, Legislación, Jurisprudencia y Recensiones.

El Tema Monográfico del 19° número, se denomina "Inmunidad de coerción como garantía de la libertad religiosa."

La libertad de conciencia comprende tanto una faz positiva como otra, negativa. Esta última consiste en la garantía de todo Estado democrático de que nadie puede ser forzado a renunciar o a actuar contra sus creencias o convicciones, o bien ser sancionado por actuar conforme a ellas. Ello nos pone de cara a la inmunidad de coerción, materia del próximo número de la Revista.

La inmunidad de coerción está reconocida explícitamente en muchos instrumentos internacionales como parte inherente de la libertad de conciencia y de religión. Es así, en el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: "2. Nadie será́ objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección. Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica" establece en el art. 12 N.º 2. "Nadie puede ser objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias".

Se requiere que el Estado -en su posición de garante de este derecho fundamental- cree las condiciones para que todas las personas puedan vivir en conformidad a su religión o creencias. Asimismo, debe garantizar que el ejercicio de este derecho sólo se restrinja por ley por motivos relevantes (por ejemplo, para proteger la seguridad o la salud, entre otros) y no se suspenda ni aún en tiempos de excepción constitucional.

En esta oportunidad, el tema monográfico propone adentrarse en el concepto y materialización de la inmunidad de coerción. A modo de ejemplo, algunas preguntas o aspectos que podrían abordarse:

Concepto, naturaleza jurídica, relevancia y elementos de la inmunidad de coerción ¿Que protege? ¿A quiénes?

Inmunidad de coerción y afectación de la dimensión individual y colectiva de la libertad de religión y creencias

Relación de la inmunidad de coerción respecto a otros derechos vinculados a la libertad religiosa y que contribuyen a su disfrute, tales como derecho a la vida, libertad de asociación, libertad de enseñanza, de expresión, autonomía de las entidades religiosas, etc.

Mecanismos para garantizar la inmunidad de coerción

Inmunidad de coerción en tiempos de inteligencia artificial

Inmunidad de coerción y las minorías

Tipos de reconocimiento de la inmunidad de coerción en los ordenamientos internos de países de América Latina y el Caribe.

Estudio comparado del tratamiento que se da a la inmunidad de coerción en los países de la región

Análisis de jurisprudencia sobre esta temática

Inmunidad de coerción en los estándares interamericanos de la Comisión interamericana de Derechos Humanos

SOBRE LA REVISTA

La Revista Latinoamericana de Derecho y Religión tiene un formato digital, de acceso libre y gratuito.

Sus contenidos se concentran en la realidad Latinoamericana del derecho y la religión, a fin de promover los estudios, análisis e intercambio que se desarrollan actualmente a nivel regional y nacional.

Las materias abordadas son los tópicos tradicionales del Derecho Eclesiástico del Estado; la libertad religiosa y las relaciones Iglesia – Estado; las relaciones entre el derecho y la religión; el derecho de las religiones y su interacción con el Estado, así como las leyes o decisiones estatales que inciden en lo religioso.

Se reciben contribuciones en castellano, inglés y portugués, sin perjuicio que eventualmente se autoricen trabajos en otros idiomas por parte del Consejo de Redacción

Las secciones de la revista:

ESTUDIOS MONOGRÁFICOS: de análisis sobre un tema que acordará el Comité Editorial. Se trata de una sección arbitrada.

ESTUDIOS GENERALES: Sección abierta para recibir contribuciones que se someten a arbitraje ciego sobre los diversos temas de interés para la Revista.

LEGISLACIÓN: Sección elaborada por el equipo de la Revista relativa a la actualidad jurídica latinoamericana, considerando normas publicadas y proyectos de ley relevantes.

JURISPRUDENCIA: Sección arbitrada que versará sobre comentarios de jurisprudencia a nivel latinoamericano o de países de la región.

RECENSIONES: Sección arbitrada que tratará sobre los comentarios de libros recientemente publicados sobre las materias de interés de la Revista, independientemente de su área geográfica.

REQUISITOS Y CONSIDERACIONES PARA LA PUBLICACIÓN

• Las presentaciones se someterán a la evaluación de los editores, los que, al cumplir con los estándares de la revista, serán posteriormente evaluados por dos árbitros bajo el sistema doble ciego, y por un tercero en caso de haber discrepancia entre los evaluadores.
• La Revista tiene como foco de estudio la realidad latinoamericana, de manera que los trabajos que se reciban deben basar su análisis y desarrollo en dicha región. Los estudios contextualizados en otras regiones constituyen un aporte valioso, en la medida que abarquen o se vinculen con América Latina. El cumplimiento de este requisito será sometido a la evaluación de los árbitros.
• Es requisito que los artículos sean inéditos, mientras que la disciplina científica y el interés de la comunidad académica serán aspectos determinantes para la selección de estos.
• El artículo deberá contener un Resumen, que además contenga "Palabras clave", y su respectiva traducción al inglés, bajo el formato de "Abstract" y "Keywords".
• Para los trabajos de la sección de Estudios Monográficos, se espera que los trabajos no tengan una extensión inferior a las 12 páginas tamaño carta ni superior a 50. Para la sección de Jurisprudencia, se sugiere una extensión entre 10 y 20 páginas.
• El formato de publicación de la revista, consiste en letra "Calibri light" número 12, interlineado 1,5, y títulos enumerados.
• El artículo debe contar con la identificación del autor, que incluya nota al pie detallando su filiación, Institución de trabajo, y área de experticia. Asimismo, cualquier antecedente que dé cuenta de un conflicto de intereses.
• Las citas deben cumplir con la versión actualizada del estilo ISO 690, que se encuentra disponible en la mayoría de los programas de gestión bibliográfica (tales como Endnote, Mendeley, RefWorks o Zotero).

CIERRE DE RECEPCIÓN DE ARTÍCULOS

La fecha de cierre del período de recepción de artículos corresponde al día 20 de octubre de 2024.

ENVÍO DE ARTÍCULOS

Los artículos deben ser enviados por medio de la plataforma de la Revista, en su sitio web: http://www.revistalatderechoyreligion.com

En el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se podrán resolver dudas o pedir ayuda para algunos aspectos formales de los artículos.

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