Resolución del Consejo de Defensa de Colombia suspende de manera provisoria la realización del Te Deum
COLOMBIA- La Sección Primera del Consejo de Defensa decretó la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del literal A (numeral 1) y literal D del artículo 4º del Decreto 770 de 1982, “Por el cual se expide el Reglamento de Protocolo y Ceremonial de la Presidencia de la República” expedido por el Gobierno Nacional.
En efecto, dicha resolución, suspende de manera provisional la realización del Te Deum que tiene lugar en julio de cada año.
Ello es el resultado de la demanda interpuesta por el ciudadano Miguel Ángel Garcés Villamil, con el objeto de obtener la nulidad parcial, previa suspensión provisional del articulado mencionado del Decreto 770 de 1982.
Al respecto, el demandante sostiene que "el Te Deum es una celebración católica que tiene como finalidad dar gracias a Dios por beneficios concedidos a los fieles. Por lo cual el Estado al acoger una celebración de una religión en particular está negando la diversidad y el pluralismo que le exige la Constitución"(1)
La suspensión provisional se mantendrá mientras se define el fondo de la demanda.
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