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15-07-2016

Hermanitas de los Pobres ganan con Fallo unánime de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que rechaza obligación de dar contraceptivos por instituciones religiosas sin fines de lucro: US Court on Zubik v. Burwell

 

WASHINGTON, D.C. – Con fecha 16 de mayo, la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó de manera unánime que el gobierno no puede multar a las Hermanitas de los Pobres.

La causa tuvo su origen en la demanda interpuesta por las Hermanitas de los Pobres, con el objeto de evitar que el Gobierno las obligara a implementar el plan de salud de la Administración Obama, que incluye la distribución de anticonceptivos y aborto.

hermanitas de los pobres foto

 

Fuente: http://www.becketfund.org/wp-content/uploads/2016/06/IMG_7039-e1466447787522.jpg

Mark Rienzi, Abogado Senior de Becket Fund for Religious Liberty y abogado jefe para la causa de las Hermanitas de los Pobres, sostiene que  “Las Hermanas consideran inmoral ayudar al gobierno a distribuir estas drogas. Pero en vez de simplemente eximirlas, el gobierno insiste en que sea un empleado de salubridad del ministerio quien distribuya estas drogas a los trabajadores, desechando la objeción de conciencia de las Hermanas por irrelevante”.(1)

Tras un largo recorrido, la causa llegó finalmente a la Corte Suprema, en la que se les solicitó a las partes proveer argumentación respecto del siguiente punto:

¿Es posible que el gobierno encuentre otras formas para distribuir contraceptivos y sus planes de salud sin involucrar a una comunidad religiosa sin fines de lucro?

Las Hermanitas de los Pobres contestaron: “Si”.

Al Respecto, Ud. puede revisar y descargar el razonamiento de la Suprema Corte “Per Curiam” en el siguiente link:   US Court on Zubik v. Burwell fallo de rechazo a obligacion de dar contraceptivos por instituciones religiosas sin fines de lucro

 

(1) fuente: http://www.becketfund.org/littlesisters-scotus-appeal/

13-07-2016

Presidente Santos firma Decreto de "Día Nacional de la Libertad Religiosa y de Cultos"

BOGOTÁ- El Presidente Juan Manuel Santos,  firmó el día 4 de julio de 2016 un decreto para instaurar cada año -esta misma fecha- como el "Día Nacional de la Libertad Religiosa y de Cultos".

Pdte santos firma decreto dia libertad religiosa

  Fuente: Twitter. Cuenta del Presidente @JuanManSantos

En sus palabras, el presidente de Colombia plantea que "En ustedes se reúne el país que queremos. Uno en el que quepamos todos, donde todos cabemos. Uno en el que el pensamiento diferente nos enriquezca, en vez de dividirnos, de enfrentarnos."

Puede revisar el contenido completo de las palabras del Presidente Santos en el siguiente link:  Palabras del Presidente Santos al firmar Decreto de "Día Nacional de la Libertad Religiosa y de Cultos"

 

 

 

Fuente: http://es.presidencia.gov.co/sitios/busqueda/discursos/160704-Palabras-del-Presidente-Juan-Manuel-Santos-en-la-firma-del-decreto-del-Dia-Nacional-de-Libertad-Religiosa-y-de-Cultos/Discursos

07-07-2016

Canadá: Cámara de los Comunes, aprueba proyecto de ley sobre suicidio asistido

CANADÁ- El pasado 16 de junio, la Cámara de los Comunes, aprobó  el proyecto de ley denominado  Bill C-14 “An Act to amend the Criminal Code and to make related amendments to other Acts (medical assistance in dying)”.

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El proyecto que pronto se convertirá en ley, modifica el Código Penal de ese país, creando excepciones para la configuración del delito de homicidio culposo, en el caso de asistir un suicidio, y la administración de sustancias nocivas, con el propóstio de permitir a los médicos y enfermeras prestar asistencia médica para morir y para permitir a farmacéuticos y otras personas para asistir en el proceso.

Entre otros aspectos que pueden apreciarse en la suma del proyecto, cabe mencionar que se fijan los criterios de elegibilidad y las garantías que deben respetarse antes de recibir la asistencia médica para morir que pueden ser proporcionada a una persona; crea nuevos delitos por no cumplir con las garantías, para producir o destruir documentos relacionados con la asistencia médica para morir, por no proporcionar la información requerida y por contravenir los reglamentos.

Este proyecto también efectúa modificaciones correspondientes a otras normativas para garantizar que el recurso a la asistencia médica para morir no tenga como consecuencia la pérdida de una pensión en virtud de la Ley de Pensiones, o los beneficios bajo la Ley de Rehabilitación y Compensación para los Miembros de las Fuerzas Canadienses y Veteranos. Se modifica la Ley de Corrección y libertad condicional para garantizar que ninguna investigación sea conluyente en su contra, la sección 19 de esa ley, en el caso que un recluso reciba la asistencia médica para morir.

Esta norma prevé revisiones por uno o más independientes en relación a las solicitudes de los menores maduros de asistencia médica para morir, para avanzar en las solicitudes y peticiones en las que la enfermedad mental es la única condición médica subyacente.

Por último, esta norma prevé una revisión parlamentaria de sus disposiciones y del estado de los cuidados paliativos en Canadá para comenzar al inicio del quinto año siguiente a la fecha en que reciba la aprobación real.

El proyecto descrito, se encuentra disponible en el Boletín Jurídico correspondiente al mes de junio.

Puede revisarlo en el siguiente link: http://derechoyreligion.uc.cl/es/docman/boletin-juridico/2016/959-boletin-juridico-junio-2016-ano-xi/file#page=191

 

 

01-07-2016

Call For Papers 3° número Revista Latinoamericana de Derecho y Religión

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Call For Papers 3° número Revista Latinoamericana de Derecho y Religión

 

La Revista Latinoamericana de Derecho y Religión abre la convocatoria para recibir artículos a ser publicados en su tercer número.

El Tema Monográfico del 3° Número, se denomina “Acuerdos entre el Estado y las Organizaciones Religiosas”, cuyo objetivo es abordar las relaciones entre las Entidades Religiosas y el Estado; Acuerdos del Estado con las Organizaciones Religiosas; Marco normativo del Derecho y la Religión; Protección Jurídica del hecho religioso; Religión en el ámbito público; símbolos religiosos; Desafíos y Proyecciones del Derecho y Religión, entre otros.

Conozca los requisitos y consideraciones para la publicación,

descargando el Call For Papers aqui:  CFP 3° Número Revista Latinoamericana de Derecho y Religión

08-06-2016

Publicación 2° Número Revista Latinoamericana de Derecho y Religión

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Tenemos el agrado de informar que la Revista Latinoamericana de Derecho y Religión ha publicado su segundo número, cuyo Tema Monográfico es "Educación y Libertad Religiosa".

El volúmen 2, número 1 (2016) de la Revista, cuenta con la colaboración de destacados académicos que han abordado interesantes materias contenidas también en las secciones "Estudios Generales", "Recensiones" y "Comentarios de Jurisprudencia".

La Revista Latinoamericana de Derecho y Religión ha sometido los trabajos recibidos para publicar, al sistema de evaluación "Doble Arbitraje Doble Ciego"

 

Puede visitar la publicación en el siguiente link: http://www.revistalatderechoyreligion.com/ojs/ojs-2.4.6/index.php/RLDR

 

 

 

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