07-04-2021

Libertad Religiosa en cuarentena: comentarios al fallo de la Corte Suprema

El pasado 7 de abril, el Centro UC Derecho y Religión llevó a cabo el Seminario Libertad Religiosa en Cuarentena: Comentarios al Fallo de la Corte Suprema, instancia que contó con la exposición del profesor y director ejecutivo de Comunidad y Justicia, Álvaro Ferrer y los comentarios de los académicos, Javier García Oliva y María Elena Pimstein. La conversación fue moderada por la directora del Centro UC Derecho y Religión, Ana María Celis.

La actividad comenzó con la presentación del profesor Ferrer, quien comentó la labor realizada por Comunidad y Justicia en relación a los seis recursos de protección presentados en contra de la autoridad sanitaria, por considerar como un acto ilegal y arbitrario la prohibición de realizar y participar en Misa, impuesta de lunes a domingo en comunas en cuarentena y los sábados, domingos y festivos respecto de las comunas en Fase 2.
Ferrer manifestó que "nuestro objetivo era lograr que al menos fuese posible celebrar la Misa de Navidad en las comunas en fase 2. Todos los recursos fueron declarados inadmisibles por las respectivas Cortes de Apelaciones; alcanzamos a apelar uno de ellos y la tercera Sala de la Corte Suprema confirmó la inadmisibilidad, reiterando la jurisprudencia que veníamos viendo a lo largo de toda la pandemia: el recurso de protección no es la vía idónea para discutir el mérito de las medidas adoptadas por la autoridad en ejercicio de sus facultades discrecionales en el contexto de un Estado de excepción constitucional. Decidimos desistir de los demás recursos".
Luego fue el turno de la profesora Pimstein, quien comentó que "la Corte Suprema reconoció que 'la misa dominical es parte esencial y manifestación de las creencias más profundas de los católicos', acción que está en concordancia con la expresión libre de todas las creencias, garantizada a todas las personas por la Constitución y diversos tratados internacionales, como elemento constitutivo de su derecho fundamental de libertad religiosa".
Además, la académica, agregó que "las creencias tocan aspectos existenciales y se expresan de muy diversas maneras, como en la celebración de festividades, en la necesidad de recibir asistencia espiritual y en ritos; son parte importante de la vida de las personas que nunca se pueden 'poner en paréntesis'. Las dos sentencias de la Corte Suprema constituyen una 'buena noticia', que hay que celebrar, pero no sólo a partir de lo inmediato, sino sobre todo pensando en la sociedad post pandemia y en la nueva constitución. No habrá cambios en la sociedad si no se comprende al ser humano como ser integral, dotado de una dimensión religiosa y espiritual".
Para cerrar los comentarios, el profesor García se refirió a las dos sentencias de tribunales internacionales concernientes a la limitación del culto religioso durante la pandemia, indicando que "las respuestas de los dos órganos judiciales fueron radicalmente distintas: mientras que el tribunal inglés mostró una gran deferencia hacia el Ejecutivo, afirmando que este tipo de decisiones son de naturaleza política y por ello competen a este poder, el órgano judicial escocés consideró que el Gobierno no había prestado suficiente atención al impacto de sus medidas sobre el derecho de libertad religiosa y, por ello, declaró estas medidas ilegales".
Asimismo, se refirió a la importancia de la Cultura Constitucional de cada jurisdicción para comprender las respuestas de los poderes públicos, agregó que "resulta innegable que los Estados deben proteger la salud pública en la presente crisis sanitaria y que restricciones de los derechos fundamentales pueden ser necesarias. Ahora bien, a los poderes públicos también les corresponde actuar de manera proporcionada y sin subestimar la importancia de estos derechos, incluyendo la libertad religiosa, como auténtico pilar de una sociedad democrática. Por consiguiente, habrán de evitar el menoscabo de sus manifestaciones en la medida de lo posible".

 

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